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20 de noviembre de 2024

Expectativa en Ecuador por la llegada de Verónica Abad, la vicepresidenta suspendida por el mandatario Daniel Noboa

La funcionaria, quien fue alejada de su cargo por medio de un sumario administrativo abierto por el Ministerio de Trabajo, retorna a su país

>La vicepresidenta y embajadora de Ecuador en Israel, Verónica Abad, quien fue En su agenda consta un viaje a Cuenca, de donde es oriunda, para visitar a su familia.

 

El pasado 9 de noviembre, el Ministerio de Trabajo sancionó con 150 días de suspensión, sin remuneración, a Verónica Abad por “abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborales”, al considerar que no llegó desde Israel a Turquía en la fecha establecida por el Gobierno, en momentos en que se producía una escalada de tensión en Oriente Medio.

 

La sanción impedirá a Abad asumir las funciones presidenciales en el momento que el jefe de Estado, Daniel Noboa, deba pedir licencia para la campaña electoral de los próximos comicios, convocados para febrero de 2025, en la que el gobernante buscará su reelección.

Dentro del enfrentamiento que mantienen Noboa y Abad, la vicepresidenta ha denunciado al mandatario por presunto acoso y violencia política de género para supuestamente forzarla a dimitir y así evitar tener que delegar en ella las funciones presidenciales, conforme contempla la Constitución.

El gobernante ha designado a Sariha Moya como vicepresidenta encargada.

 

El pasado 9 de noviembre, el Gobierno emitió un comunicado en el que informó la suspensión de la vicepresidenta María Verónica Abad Rojas por 150 días.

 

La resolución de las autoridades señaló que la vicepresidenta, enfrentada hace tiempo al presidente Daniel Noboa, no se presentó en Ankara antes del 1 de septiembre, como estaba estipulado, generando un “abandono injustificado” de funciones desde el 2 hasta el 6 de septiembre.

El documento divulgado por el Ministerio de Trabajo tipifica su conducta como falta grave, según la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP, artículo 48, inciso b), que sanciona el abandono de funciones por tres o más días consecutivos.

(Con información de agencias)

 

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